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Verifactu se retrasa a octubre de 2028: qué cambia (y qué no) para tu taller

El 5 de octubre Hacienda anunció que quiere mover otra vez Verifactu, ahora a octubre de 2028, para que coincida con la factura electrónica obligatoria entre empresas. Todavía no es ley. Te contamos qué significa para un taller mecánico y qué conviene hacer ya.

Por el equipo de Programa Taller · 8 oct 2026 · Lectura: 13 min
Calendario de Verifactu que pasa de 2027 a 2028 junto a una factura con código QR
En pocas palabras
  • El Ministerio de Hacienda publicó el 5 de octubre de 2026 una nota en la que prevé aplazar las obligaciones pendientes de Verifactu (Real Decreto 1007/2023) hasta octubre de 2028.
  • Es un anuncio, no una norma. Hasta que la modificación se apruebe y salga en el BOE, las fechas legales siguen siendo el 1 de enero de 2027 para sociedades y el 1 de julio de 2027 para autónomos y resto de obligados.
  • El motivo es hacerlo coincidir con la factura electrónica obligatoria entre empresas para quien factura hasta 8 millones de euros, que ya tiene fecha en el BOE: 6 de octubre de 2028.
  • Los requisitos técnicos no se rebajan. Hacienda dice que la integridad, la trazabilidad y la inalterabilidad de los registros se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes.
  • Para un taller, octubre de 2028 junta dos cambios en el mismo mes. Tener el programa de facturación preparado antes es la forma de no pelearse con los dos a la vez.

¿Se retrasa Verifactu? Según el Ministerio de Hacienda, sí, pero todavía no. En una nota informativa del 5 de octubre de 2026, su Gabinete de Prensa anuncia la intención de aplazar «hasta octubre de 2028» las obligaciones pendientes del Reglamento de sistemas informáticos de facturación, para que coincidan con la factura electrónica obligatoria de pymes y autónomos. Esa modificación aún tiene que aprobarse. Mientras no ocurra, lo que manda es el Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 si tu taller es una sociedad y 1 de julio de 2027 si eres autónomo.

Si ya leíste nuestra guía de Verifactu para talleres, este artículo la pone al día. Aquí vamos a lo práctico para un taller mecánico: qué fechas hay ahora sobre la mesa, qué cambia, qué se queda igual y qué deberías tener resuelto en tu programa de facturación antes de que llegue 2028.

¿Qué ha anunciado exactamente Hacienda?

La nota ocupa una sola página y dice tres cosas.

  1. Un aplazamiento previsto. Las obligaciones del RD 1007/2023 que todavía no se aplican a empresarios y profesionales pasarían a octubre de 2028. La nota no da un día concreto: lo fijará la norma que lo apruebe.
  2. Una segunda reforma después. Una vez alineados los calendarios, Hacienda modificará los ámbitos de aplicación y «ciertos aspectos técnicos» para que Verifactu y la factura electrónica converjan, teniendo en cuenta también ViDA, el paquete europeo del IVA en la era digital.
  3. Un límite a esa reforma. Las exigencias del reglamento en integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán «en términos sustancialmente equivalentes».

Lo que la nota no es: un real decreto. No está en el BOE y no modifica nada por sí sola. Es lo que el Gobierno dice que va a hacer. Ya ha pasado dos veces, con el RD 254/2025 y con el RDL 15/2025, y en las dos el anuncio acabó convertido en norma. Aun así, hasta que se publique, lo correcto es hablar de previsión.

Fecha legal a 8 de octubre de 2026: 1 de enero de 2027 para contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y 1 de julio de 2027 para el resto de obligados (RDL 15/2025). Actualizaremos este artículo cuando se publique la modificación.

¿Por qué ahora? La factura electrónica ya tiene fecha

El mismo 5 de octubre, el BOE publicó la Orden HAC/1028/2026, de 2 de octubre, que regula la solución pública de facturación electrónica de la AEAT. Era la pieza que faltaba para poner en marcha la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales, que nace del artículo 12 de la Ley 18/2022, «Crea y Crece», y que desarrolló el Real Decreto 238/2026, publicado el 31 de marzo.

El RD 238/2026 cuenta los plazos desde la entrada en vigor de esa orden, que fue el 6 de octubre de 2026: doce meses para quien supera los 8 millones de euros de volumen de operaciones y veinticuatro para el resto. La AEAT ya lo ha traducido a fechas: 6 de octubre de 2027 y 6 de octubre de 2028.

Ahí está la explicación del aplazamiento. Casi ningún taller independiente factura 8 millones al año, así que su fecha de factura electrónica es octubre de 2028. Hacienda prefiere que Verifactu llegue a la vez en lugar de exigir dos adaptaciones del software separadas por año y medio.

Calendario: lo vigente frente a lo previsto

ObligaciónFecha vigenteTras la nota del 5-10-2026Situación
Verifactu: taller con forma de sociedad (SL, SA)1-1-2027Octubre de 2028Previsto, pendiente de aprobación
Verifactu: autónomo, comunidad de bienes y resto1-7-2027Octubre de 2028Previsto, pendiente de aprobación
Factura electrónica entre empresas: volumen superior a 8 M€6-10-2027Sin cambiosPublicado (RD 238/2026 y Orden HAC/1028/2026)
Factura electrónica entre empresas: resto (casi todos los talleres)6-10-2028Sin cambiosPublicado
ViDA: suministro digital en operaciones intracomunitarias entre empresas1-7-2030Sin cambiosDirectiva (UE) 2025/516

Un matiz importante: la factura electrónica obligatoria afecta a las facturas entre empresarios y profesionales. La reparación del coche de un particular no entra ahí. Verifactu, en cambio, alcanza a todas las facturas que salen de tu programa, vayan a quien vayan.

¿Qué cambia para un taller mecánico?

Si se aprueba tal como se ha anunciado, cambian tres cosas.

Más margen de calendario

Un taller que es SL pasaría de tener menos de tres meses a tener unos dos años. Un autónomo, de nueve meses a dos años. Es bastante tiempo, aunque no infinito, y sería ya el tercer aplazamiento.

Un solo proyecto en lugar de dos

En octubre de 2028 coincidirían el registro de facturación de Verifactu y la obligación de emitir factura electrónica a tus clientes empresa. Eso te viene bien si lo planteas como un único cambio en tu programa. Te viene mal si lo dejas para septiembre de 2028, porque ese mes medio sector estará pidiendo lo mismo a sus proveedores de software.

Detalles técnicos que pueden moverse

Hacienda anuncia una segunda modificación para hacer converger ámbitos y aspectos técnicos. De momento no se sabe cuáles. Si un proveedor te asegura que ya conoce el resultado, desconfía: ese texto no existe aún.

¿Qué no cambia?

Lo esencial. La nota es tajante en esto. En el día a día del taller, se traduce así:

Por qué a un taller no le conviene esperar a 2028

El aplazamiento quita presión legal, no trabajo. Y en un taller la factura es el último eslabón de una cadena que empieza cuando el coche entra por la puerta.

La factura sale de la orden de reparación

En un taller la factura no se escribe desde cero. Recoge lo que se presupuestó, lo que el cliente autorizó y lo que el mecánico apuntó en la orden. Si esa información vive en papel o repartida en tres programas, adaptar solo la facturación no arregla nada. Cuanto antes salga la factura directamente de la orden cerrada, antes dejarás de perder horas y recambios por el camino.

Las rectificativas son el día a día

Garantías, devoluciones de recambios, un descuento pactado a posteriori, una franquicia mal calculada. Un taller emite más rectificativas que muchos otros negocios. Con Verifactu cada una deja rastro, así que es mejor que recepción aprenda a hacerlas bien ahora, con calma, y no la primera semana de obligación.

Tus clientes empresa te van a pedir factura electrónica

Flotas, empresas de renting, aseguradoras, la empresa de reformas con seis furgonetas o el fontanero autónomo que trae su coche de trabajo: todos son clientes B2B. Desde octubre de 2028 tendrás que emitirles factura electrónica estructurada. Además, el RD 238/2026 obliga al destinatario a informar de si acepta o rechaza la factura y de cuándo la paga.

Ese último punto interesa a cualquier taller que trabaje para flotas: saber cuándo te han aceptado una factura y cuándo te la han pagado sin tener que perseguir a nadie por teléfono. Son clientes que a menudo pagan a 60 o 90 días.

Tus proveedores grandes llegarán antes

Los distribuidores de recambios que superen los 8 millones de volumen de operaciones estarán obligados desde el 6 de octubre de 2027. Lo más probable es que empieces a recibir sus facturas en formato electrónico un año antes de tener que emitir las tuyas, y tu programa y tu gestoría tendrán que saber qué hacer con ellas.

El atasco de septiembre de 2028

Cada aplazamiento se ha vivido igual: meses de calma y una avalancha al final. Con dos obligaciones en la misma fecha, la avalancha será mayor. Migrar clientes, vehículos e historial y formar a recepción lleva semanas. Con dos años por delante se hace sin parar el taller.

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Checklist para el taller

Ocho pasos para hacer este otoño
  1. Apunta la fecha que vale hoy. SL: 1 de enero de 2027. Autónomo o comunidad de bienes: 1 de julio de 2027. Octubre de 2028 valdrá cuando salga en el BOE.
  2. Calcula cuánto facturas a empresas. Separa particulares de flotas, renting, aseguradoras y empresas. Ese porcentaje te dice cuánto te afecta la factura electrónica.
  3. Completa los datos fiscales de tus clientes empresa. NIF, razón social y dirección correctos en cada ficha. Sin ellos no hay factura electrónica posible.
  4. Pregunta tres cosas a tu proveedor de software: si tiene la declaración responsable del RD 1007/2023, si envía los registros a la AEAT en modalidad VERI*FACTU y qué plan tiene para la factura electrónica del RD 238/2026.
  5. Revisa cómo haces las rectificativas. Si hoy «arreglas» una factura editándola, ese hábito tiene que desaparecer.
  6. Habla con tu gestoría. Pregúntale cómo quiere recibir tus facturas emitidas y cómo va a tratar las electrónicas que te lleguen de proveedores.
  7. Si vas a cambiar de programa, hazlo en 2027. Tendrás tiempo para probar, migrar el histórico y formar a recepción.
  8. Vigila el BOE. Cuando se aprueben el aplazamiento y la reforma técnica, repasa esta lista por si algo cambia.

¿Qué debe tener un programa Verifactu para taller?

Un «programa Verifactu» no es una casilla que se marca. Para un taller mecánico, el software de facturación debería cubrir esto:

Qué pedirPor qué importa en un taller
Registro de facturación con huella encadenada e inalterableEs el núcleo del RD 1007/2023 y la nota de Hacienda dice que se mantiene.
Código QR en cada facturaLo exige el reglamento y permite al cliente comprobar su factura.
Anulaciones y rectificativas con su propio registroGarantías y devoluciones de recambios son constantes.
Declaración responsable del fabricanteEs el único «certificado» que contempla la norma.
Envío de los registros a la AEAT (modalidad VERI*FACTU)Evita firmar electrónicamente cada registro y da presunción de cumplimiento.
Factura generada desde la orden de reparaciónLo que se hizo en el box llega a la factura sin teclearlo dos veces.
Series de facturación y REBUPara separar rectificativas y aplicar el régimen especial si vendes vehículos usados.
Factura electrónica estructurada y estados de aceptación y pagoObligatoria con clientes empresa desde octubre de 2028.
Acceso o exportación para la gestoríaPara que la contabilidad no dependa de reenviar PDF por correo.

Si estás comparando opciones, en nuestra comparativa de programas para taller tienes precios públicos con fecha, y en el artículo sobre programas gratis explicamos por qué la vía gratuita suele quedarse corta con Verifactu.

Cómo lo resuelve Programa Taller

Te contamos lo que hace hoy el programa, sin adelantar nada que no esté publicado en esta web:

La factura electrónica estructurada del RD 238/2026 no la anunciamos todavía como función disponible. Si tienes clientes de flota o renting que ya te la piden, cuéntanoslo: los talleres nos piden cambios por WhatsApp y eso nos ayuda a priorizar. Los planes y lo que incluye cada uno están en precios, y puedes ver el programa funcionando en la demo sin registro o empezar por la página de inicio.

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Preguntas frecuentes

¿Verifactu se retrasa a 2028?

Hacienda lo prevé, pero aún no está aprobado. El 5 de octubre de 2026 el Ministerio anunció en una nota informativa que aplazará hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes del Real Decreto 1007/2023. Hasta que esa modificación se publique en el BOE, siguen vigentes las fechas del Real Decreto-ley 15/2025.

¿Qué fecha de Verifactu vale hoy para mi taller?

La del Real Decreto-ley 15/2025: 1 de enero de 2027 si tu taller tributa en el Impuesto sobre Sociedades (una SL, por ejemplo) y 1 de julio de 2027 si eres autónomo, comunidad de bienes o cualquier otro obligado. Octubre de 2028 pasará a ser la fecha cuando se apruebe la modificación anunciada.

¿La nueva fecha será la misma para sociedades y autónomos?

La nota de Hacienda habla de aplazar hasta octubre de 2028 las obligaciones pendientes de los empresarios y profesionales, sin distinguir entre sociedades y autónomos. El día exacto y cualquier matiz los fijará la norma que lo apruebe.

¿Cambian los requisitos que debe cumplir mi programa de facturación?

En lo esencial, no. Hacienda afirma que las exigencias de integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad se mantendrán en términos sustancialmente equivalentes. Sí anuncia una reforma posterior de ciertos aspectos técnicos para que Verifactu y la factura electrónica converjan, cuyo contenido aún no se conoce.

¿Tengo que hacer factura electrónica a los clientes particulares?

No. La factura electrónica obligatoria del Real Decreto 238/2026 se aplica a las facturas entre empresarios y profesionales. Verifactu, en cambio, afecta a todas las facturas que emite tu programa, también a las de particulares.

¿Cuándo tendré que emitir factura electrónica a flotas, renting y aseguradoras?

Si tu volumen de operaciones no supera los 8 millones de euros, desde el 6 de octubre de 2028. Si lo supera, desde el 6 de octubre de 2027. Las fechas se cuentan desde la entrada en vigor de la Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre de 2026.

¿Me conviene esperar para cambiar de programa de taller?

No es buena idea. En octubre de 2028 coincidirían Verifactu y la factura electrónica, y los meses previos estarán saturados. Cambiar en 2027 te da tiempo para migrar clientes, vehículos e historial, formar a recepción y corregir hábitos como editar facturas ya emitidas.

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